Políticas de Protección al Consumidor
CREDIMINUTO S.A.S.


CREDIMINUTO está comprometida en garantizar los derechos de los consumidores atendiendo a lo establecido en la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor). Por eso, ha implementado una política especial de protección especial de protección al consumidor cuyo objetivo principal es prestar un mejor servicio que permita a sus usuarios ejercer de forma libre, rápida y eficaz los derechos de los que son titulares, especialmente los relacionados con: 


 

En virtud de ello, CREDIMINUTO se encuentra comprometido con las siguientes causas:

 

 

Por otro lado, con el propósito concretar los compromisos de la compañía, CREDIMINUTO prevé el siguiente procedimiento de atención al cliente:

 

  1. Reclamaciones: Los consumidores podrán presentar sus peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias a través del correo electrónico hola@crediminunto.com.co

 

CREDIMINUTO dará respuesta a la PQRSD en el término de diez (10) días hábiles. Si no fuere posible dar respuesta dentro del término de diez (10) días hábiles, CREDIMINUTO informará al usuario los motivos de demora y la fecha en la que se atenderá el reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.

 

Si el usuario presenta su PQRSD a través de los aliados comerciales de CREDIMINUTO, los términos aquí mencionados empezarán a correr a partir del momento en que el aliado comercial comunique a CREDIMINUTO sobre la reclamación respectiva.

 

En caso de que CREDIMINUTO en los monitoreos periódicos detecte un error involuntario en la prestación de sus servicios sin que se haya presentado alguna reclamación por parte de un usuario, tomará las medidas correctivas en un término no superior a cinco (5) días hábiles a partir del momento en que haya tenido conocimiento de la situación. 

 

  1. Arreglo directo: Sin perjuicio de lo anterior, CREDIMINUTO buscará solucionar las controversias de manera directa con los consumidores. Por lo tanto, convocará a quienes presenten sus reclamaciones a lograr arreglo directo del conflicto. Si el usuario acepta, de común acuerdo se suspenderá el término para dar respuesta a la reclamación y se intentará por ambas partes solucionar las diferencias en un plazo máximo de treinta (30) días calendario a partir del momento en que el usuario haya aceptado iniciar con esta etapa, lo cual constará por escrito en un documento en el que se indicará la fecha en la que se radicó la reclamación, la fecha en que se acordó la suspensión y la fecha límite para llegar a un acuerdo entre las partes. Si al cabo de ese tiempo no es posible llegar a un acuerdo, se reanudará el término que estuviera pendiente para dar respuesta formal por parte de CREDIMINUTO a la reclamación directa.  

 

CREDIMINUTO revisará cada tres meses la presente Política Especial de Protección al consumidor con el fin de evaluar su efectividad y tomar las medidas a que haya lugar. 

 



CREDIMINUTO S.A.S.